El día 04 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que serealizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
De conformidad con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta autoridad consideró implementar una política de mejora regulatoria para la simplificación y modernización de trámites y servicios. Dichas modificaciones se centran en trámites de oferta laboral, capacitación y adiestramiento, así como registro de constancias de habilidades laborales.
Porlo anterior, se elimina la obligación de presentar los siguientes requisitospara estos trámites:
1. Apoyos para la promoción de puestos detrabajo vacantes: RFC, CURP, copias simples.
2. Apoyos para la búsqueda de empleo: CURP, copias simples.
3. Presentación de listas de constancias de competencias o de habilidades laborales: datos de certificación de competencias laborales si existe, datos de la capacitación y los cursos otorgados a los trabajadores en el último año, RFC, registro patronal del IMSS, datos del trabajador, modalidad de la capacitación, objetivo de la capacitación, copias simples, formato DC-4.
4. Solicitud de autorización y registro como Agente Capacitador Externo: cata de laicidad, una fotografía.
5. Solicitud de modificación de cursos de capacitación y/o modificación de plantilla docente: datos del solicitante, acreditación de estancia legal en el país (instructores extranjeros).
6. Solicitud de servicios de capacitación adistancia para trabajadores a través de PROCADIST: cuestionario de satisfacción que se envía al correo que indicó el solicitante en la cédula de registro.
Se fusionan los siguientes trámites:
1. Solicitudde autorización y registro como Agente Capacitador Externo y Solicitud de modificación de cursos de capacitación y/o modificaciónde plantilla docente; para quedar con el nombre de Registro, modificación o baja de cursos y/o plantilla docente de Agente Capacitador Externo.
Se implementan acciones demejora en la Dirección General de Capacitación Laboral, particularmente:
1. La presentación de listas de constancias de competencias o de habilidades laborales quedará como un aviso de cumplimiento de constancias de competencia o habilidades laborales, y se llenará el formulario en línea a través del Sistema de Registro de la Capacitación Empresarial (SIRCE) con los datos relativosal cumplimiento de constancias de competencia o habilidades laborales.
Por lo anterior, el formato DC-4 "Listas de constancias de competencias o habilidades laborales" se deja sin efectos, en virtud que la totalidad del trámite se realizará a través del SIRCE.
Este acuerdo entró en vigor el 07 deabril de 2025, considerando que los trámites ingresados con anterioridad a la publicación, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable enel momento de su presentación.
Esperamos que esta información sea de utilidad. Para cualquier duda o consulta adicional, puede contactar a nuestro socio Andrew Grepe en grepe@glzabogados.com.