May 30, 2024

La SCJN reiteró la invalidez de las cartas de no antecedentes penales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró la invalidez que tienen las cartas de no antecedentes penales, tanto para los candidatos que se postulan en el gobierno, y de igual manera para el sector privado; es decir, para las empresas, esto ya que es un documento que transgrede el derecho de igualdad y no discriminación. Recordemos que el año pasado la SCJN se pronunció de igual manera sobre las cartas de no antecedentes penales y declaró que es un requisito inconstitucional.

Lo anterior se desprende de una revisión que se tuvo a las legislaciones de Quintana Roo y Sonora. Por lo que para ambos casos el ministro Alberto Pérez Dayán mencionó

“No es adecuada esta medida, toda vez que el requisito exigido no guarda relación directa e indefectible para el necesario cumplimiento del fin constitucionalmente válido, esto es, la creación de un filtro estricto de acceso a un cargo público bajo esas condiciones, en ese sentido, al no existir base objetiva ni justificada para ello y así determinar que una persona sin este tipo de condena, ejercerá sus actividades con rectitud, probidad y honorabilidad, la medida impugnada, entonces, es inválida e inconstitucional”

Ahora bien, en la Cámara de Senadores ya se aprobó las reformas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para prohibir tanto a las empresas, como al gobierno que solicite la carta de no antecedentes penales durante el procedimiento de selección a un empleo.

Finalmente, aunque dicha reforma ya fue turnada a la Cámara de Diputados esta aún no se discute en pleno y está pendiente que se apruebe en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.

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